Así pues, el mandato constitucional contenido en el artículo 40.2 de nuestra ralea de leyes y la comunidad jurídica establecida por la Unión Europea en esta materia configuran el soporte elemental en que se asienta la presente Ley. Junto a ello, nuestros propios compromisos contraídos con la Ordenamiento Internacional del Trabajo a partir de l